IRCC ya no puede negarle el permiso sin avisarle

El departamento cambió las instrucciones que siguen sus oficiales. Si el oficial duda de que su oferta de empleo sea real, ahora lo que corresponde es avisarle y darle a su empleador la oportunidad de responder, no negar de una.
¿Qué cambió exactamente?
Las instrucciones que IRCC publica para sus propios oficiales, sobre cómo evaluar si una oferta de empleo es genuina, tienen una sección nueva. Cuando el oficial tiene dudas, el texto le indica enviarle al solicitante una carta de equidad procesal en la que especifique cuál de los cuatro factores de autenticidad le preocupa y por qué. Y hay un caso en que esa carta es obligatoria: cuando la duda nace de información externa que el solicitante no conocía ni aportó.
Esa carta también tiene que advertirle al solicitante que es el empleador quien debe mandar la evidencia directamente a IRCC, con instrucciones de cómo hacerlo. El empleador tiene 15 días, o el plazo que maneje la oficina que procesa el caso, y el oficial debe programar la revisión del expediente 30 días después de ese vencimiento para que alcance a llegar la respuesta.
La versión anterior decía otra cosa: que el oficial podía pedirle información al empleador o podía negar el permiso. Esa segunda salida, la de negar sin preguntar, es la que quedó acotada. Según CIC News, la actualización se publicó el 17 de septiembre.
¿A quién le aplica?
A los permisos de trabajo atados a un empleador específico, que es la figura más frágil del mercado laboral latino. Cubre todos los permisos del Programa de Trabajadores Extranjeros Temporales, los que necesitan LMIA, y también los del Programa de Movilidad Internacional que están exentos de LMIA pero siguen amarrados a una empresa.
Los permisos de trabajo abiertos quedan por fuera, porque ahí no hay un empleador ni una oferta puntual que evaluar.
¿Qué es lo que el oficial está mirando?
Son cuatro factores, y conviene conocerlos porque son los que hay que poder sustentar. Que el empleador esté activamente dedicado a su negocio, que la oferta tenga sentido frente a la necesidad real de esa empresa, que el empleador pueda cumplir lo que ofrece en horas, salario y condiciones, y que la empresa o su reclutador hayan cumplido las leyes de empleo y de reclutamiento.
Las instrucciones traen ejemplos que ayudan a entender el criterio. Una empresa de catering que contrata a un techador, o un restaurante de franquicia que contrata a un analista de negocios de tiempo completo, son casos que al oficial le van a parecer inconsistentes. Un restaurante con seis años de operación y 36 empleados que contrata a un sous chef, no.
Tres aclaraciones que antes jugaban en contra
Primero, que un negocio operado desde una casa no es sospechoso por sí solo. El documento dice que una empresa que vende productos hechos a mano o que presta servicios digitales puede funcionar perfectamente desde una vivienda, y que lo que importa es la evidencia de actividad, no la dirección.
Segundo, se cayó el requisito, que sí estaba en la versión anterior, de que el empleador tuviera un local físico en Canadá donde el trabajador fuera a trabajar; la página todavía menciona tener una dirección física en el país como señal de que el negocio está activo, pero aclara que esa dirección puede ser distinta del lugar de trabajo del empleado. Y tercero, la evaluación debe ser amplia: el oficial tiene que considerar todos los elementos relevantes, porque un solo factor, por sí solo, no alcanza para definir si el negocio está activo.
Hay una advertencia que va en la dirección contraria y que es seria. Si el reclutador que lo contactó no tiene licencia en una provincia donde la ley la exige, como Manitoba o Alberta, el permiso se puede negar por incumplimiento. Y una empresa sin empleados, creada solo para facilitar la entrada de extranjeros, no califica como negocio en operación.
Qué hacer si le llega esa carta
Una carta de equidad procesal no es una negación. Es la oportunidad de responder, y el reloj corre: son 15 días para que el empleador mande lo que le piden, directo a IRCC y no a través suyo. Si el empleador no responde, el oficial decide con lo que tenga a la mano, y eso normalmente termina en negación.
Lo práctico, entonces, es avisarle al empleador el mismo día en que llegue la carta, confirmar que entendió que la respuesta la manda él, y guardar copia de todo. Entre los documentos que IRCC suele pedir están el número de negocio ante la CRA, las licencias o permisos que requiera la actividad, los documentos de ingresos e impuestos de la empresa y contratos que muestren que efectivamente está operando.
Una última cosa sobre la actualidad de esto. El cambio no es de esta semana, es del 17 de septiembre, y se conoció ahora. Pero sigue siendo información útil para quien tiene un trámite abierto en este momento.
Redacción de Mauricio Navas Talero LJI Reporter




